Presos políticos en Chile: el alto riesgo de abrirle la puerta al activismo judicial

MUNDOAgencia 24 NoticiasAgencia 24 Noticias
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Con un inesperado cambio en el reglamento interno de la Fiscalía chilena, sus funcionarios pueden, desde ahora, afiliarse y militar en partidos políticos sin enfrentar castigos institucionales, por formar parte de una facción partidaria. Ángel Valencia, la máxima autoridad del ente persecutor, aprobó la flexibilización que abre el debate sobre la pérdida de la objetividad en el seno del Poder Judicial e incluso la autonomía en la estructura responsable de las investigaciones de delitos, así las derivaciones de imputados a tribunales, y si corresponde, la protección a víctimas y testigos.

La modificación de la resolución autoriza a más de dos mil empleados del Ministerio Público que ejercen en los rangos menores, como técnico, analista, auxiliar y administrativos, a que participen en actividades de proselitismo o propaganda política, al igual que promuevan e intervengan en reuniones o proclamaciones con fines de campaña. Esto puede hacerse fuera de su horario laboral y de las sedes del organismo donde prestan servicios.

Todo ello quedó establecido en la resolución 1003/2025 que, según La Tercera, Valencia firmó hace tres meses, con la cual introdujo la modificación al reglamento actual de personal para los funcionarios del Ministerio Público, sin realizar anuncios al respecto.

Doctrina con riesgos
Si bien los más de 700 fiscales que componen la nómina del Ministerio Público, sus asistentes, así como las direcciones ejecutivas, gerencias de división así como jefaturas de unidades nacionales y regionales, quedaron exentos de la disposición que permite hacer proselitismo a la plantilla menor, la distinción de los cargos aplicada divide a la institución.

El mayor cuestionamiento del cambio en el reglamento de los funcionarios de la Fiscalía chilena se basa en la alteración del contenido del artículo 39 del reglamento interno, que regula las prohibiciones para todos los trabajadores del Ministerio Público, sin considerar los cargos que ejerzan en las 19 escalas que existen en la nómina. En concreto se habla de la suma de nuevos numerales, entre ellos, el número 18, el cual levanta las restricciones de acuerdo al rol que desempeñe el funcionario.

En privado, ya hay fiscales que ordenan el desacato a la modificación de Valencia, por contradecir la letra H del artículo 63 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, que prohíbe a quienes se desempeñen en la institución “tomar, en las elecciones populares o en los actos que las preceden, más parte que la de emitir su voto personal; participar en reuniones, manifestaciones u otros actos de carácter político, o efectuar cualquiera actividad de la misma índole dentro del Ministerio Público”, de acuerdo con testimonios recabados por La Tercera.

En esa misma línea, enfatizan que hasta desestima el artículo 65 de esa misma legislación, que impone que la prohibición “regirá también para los funcionarios del Ministerio Público”. Es decir, los mismos trabajadores que ahora sí podrán militar en partidos políticos.

Distinción que fomenta crisis
Valencia sostiene que la categorización establecida a los funcionarios de la Fiscalía chilena impide ejercer coacción sobre los demás funcionarios, víctimas, testigos, usuarios u otras personas con el mismo objeto, usar o disponer de bienes, recursos y medios institucionales, para tales fines y, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar, por cualquier medio, candidaturas, tendencias, partidos políticos o pactos electorales.

Incluso, recalca que los funcionarios con luz verde para afiliarse a partidos tampoco pueden intervenir en alguna investigación penal, en la que se vean involucrados miembros de cualquier partido político. La orden es abstenerse en intervenir, informar a su jefatura directa de su afiliación política para determinar la causal de inhabilidad o incompatibilidad que le impida participar o intervenir en la causa.

De la misma manera, la filtración en las últimas horas del documento de cuatro páginas avivan las críticas sobre este aspecto, pues, se interpreta como un inicio de la politización de la justicia, que si bien hoy en día no alcanza a los jueces y fiscales, no se descarta esta posibilidad y los peligros que ella conlleva. El activismo judicial es conocido en la región, por dar pie a casos que terminan llevando tras las rejas a dirigentes opositores al partido de Gobierno e inicia con esto el monstruo que ha carcomido las cabezas de las democracias en Venezuela, Cuba y Nicaragua: los presos políticos.

Sin embargo, con estas declaraciones el Fiscal Nacional chileno enternece. Sus afirmaciones son casi ingenuas frente a la decisión tomada, especialmente, frente a los espejos de la justicia en México, país que se encaminó a una transformación sin precedentes con la elección por voto popular de 881 cargos de la Suprema Corte, el nuevo Tribunal de Disciplina Judicial y el Tribunal Electoral tras la reforma constitucional que promulgó el expresidente, Andrés Manuel López Obrador antes de dejar el puesto a su heredera, Claudia Sheinbaum, en octubre pasado.

Elecciones con dudas 
Ni siquiera las denuncias contra una veintena de candidatos que presuntamente tendrían nexos con el narcotráfico y otros afines al gobierno impidieron los inusuales comicios. Al contrario, en dos años, México acudirá de nuevo a las urnas a renovar por voto popular cinco magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la mitad de los cargos de los Tribunales Colegiados de Circuito y Juzgados de Distrito. Adicionalmente, también será la elección de los poderes judiciales locales en 13 entidades federativas.

En ese contexto, también se realizarán las elecciones medio término del mandato de la presidenta Sheinbaum, cuando se renueve la Cámara de Diputados, las gobernaciones de 16 estados, presidencias municipales y congresos locales. ¿Da pasos Chile en esa dirección?

Fuente: PanamPost

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